Ingrese texto de busqueda

01/08/2015 20:59 | Liga Nacional

Cómo son los pases desde esta temporada

Han surgido algunas interpretaciones erróneas del reglamento en cuánto a la aplicación del Régimen nacional de pases que desde esta temporada se aplica en el mercado de contrataciones. Pick and Roll te cuenta en detalle en qué consiste.
Autor:Pablo Tosal (ptosal@pickandroll.net)
Cómo son los pases desde esta temporada

El Régimen nacional de pases actual que aplica la AdC desde ahoraes un reglamento que fue ideado y confeccionado en el año 2010 por la Confederación Argentina de Básquetbol, máximo ente rector del básquetbol argentino.

En dicho reglamento los jugadores menores de 26 años están sujetos a una regla que involucra un resarcimiento económico para el club que tenía (por más de dos años) al jugador saliente. Y esta regla se aplica aún para jugadores que han quedado libres. Porque en el contrato único que la AdC y la AdJ consensuaron a principio de esta semana se deja en claro que el jugador menor de 26 que termina el contrato es jugador libre pero los clubes No renuncian al régimen nacional de pases. Es como adecuar en cualquier área de la vida un reglamento particular al Código Civil.

Cuando un jugador es mayor a 26 años queda una declaración jurídica donde no se aplica el régimen nacional de pases. En cambio para los menores de 26 tiene que pedir su certificado de transferencia (que se denomina COT) donde si está vigente el régimen nacional de pases.

Para simplificar la explicación los jugadores hasta los 23 no necesitan contrato con el club y desde los 23 hasta los 26 si, pero aun quedando libre la regla se aplica.

Este reglamento ya existía desde el 2010 pero recién ahora la Asamblea de la Asociación de clubes decidió ejecutarlo en la Liga Nacional (como una Federación más de CABB) y se toman dos casos testigos como los de Nicolás Brussino (de Regatas a Peñarol) y Santiago Scala (de Gimnasia de Comodoro a Regatas).

El dinero involucrado pasará entre clubes y al final la cuenta de los equipos que deben pagar y recibir puede ser la misma, pero para los clubes como Ciclista de Junín (que este año jugará el TNA) la ecuación le favorece porque deberá recibir dinero, por ejemplo, por Jonathan Maldonado y Roberto Acuña.

El reglamento vigente de la Liga Nacional se puede ver en la página de la AdC y allí se lee en la página 144, en el artículo 13 del reglamento Nacional de pases, Capitulo 2 lo siguiente:

ARTÍCULO 13º. Jugadores no comprometidos. Los jugadores Masculinos mayores de veintitrés (23) años y menores de veintiséis (26) años y Femeninos mayores de veintidós (22) años y menores de veinticuatro (24) años de edad, adquirirán el status de “JUGADOR NO COMPROMETIDO”. En esta instancia podrán recibir oferta escrita de otra Institución, gozando el Club que lo tiene registrado del derecho a igualarle la misma, debiendo el Jugador, en ese caso, militar obligatoriamente en esta última.

Determinación del monto de la Indemnización:

Si el Club donde está registrado el Jugador, no iguala la oferta, se considerará la misma como aceptada y se hará acreedor de una indemnización, que deberá ser abonada por el Club oferente antes de formalizar el Pase; en base a los siguientes parámetros:

AÑOS DE PERMANENCIA PROMOCIÓN EN EL CLUB OFERTA ANUAL

UN (1) AÑO 0%

DOS (2) AÑOS 50%

TRES (3) AÑOS 70%

CADA AÑO ADICIONAL 10% *

* (Hasta el 150% como máximo)

Los JUGADORES NO COMPROMETIDOS, tendrán derecho a presentar un único DOCUMENTO DE OFERTA, por año, de acuerdo a lo previsto en el Anexo I del presente.

En el medio de las negociaciones de la AdC y la AdJ este fue un punto sensible donde la Asociación de Jugadores sostuvo que el Reglamento Nacional de pases instrumentado por la CABB no se había confeccionado a los efectos del básquetbol profesional pero la AdC les contestó que era evidente que si por lo que se lee en el Anexo 1 al artículo correspondiente:

Título I: JUGADORES NO COMPROMETIDOS

ÍTEM 1º. GESTIONES CON JUGADORES NO COMPROMETIDOS. Los Clubes interesados, podrán negociar libremente condiciones para la eventual contratación de los JUGADORES en esta situación.

ÍTEM 2º. DOCUMENTO DE OFERTA. Arribado a un acuerdo entre la Institución interesada en la contratación del JUGADOR y éste, se instrumentará un DOCUMENTO DE OFERTA, el que deberá ser firmado por el JUGADOR y las Autoridades Estatutarias del Club Oferente.

El JUGADOR podrá presentar únicamente, un (1) DOCUMENTO DE OFERTA por año.

ÍTEM 3º. CONTENIDO DEL DOCUMENTO DE OFERTA. Al efecto de su validez, este instrumento deberá contener:

1. Duración del Contrato ofertado.
2. Oferta monetaria y otras retribuciones en especie (alojamiento, comidas, etc.) a las que le asignará el valor que representan, en la misma moneda.
3. Lugar y fecha.
4. Las firmas de los interesados, que se determinan en el Ítem anterior.

Finalmente se estableció que para el contrato único entre los clubes y los jugadores no podría haber una cláusula que este por arriba del reglamento que CABB establece. Por eso los jugadores pueden ser LIBRES pero no se renuncia al Régimen de pases:

CAPÍTULO VI

GENERALIDADES

ARTÍCULO 31º. PROHIBICIÓN. Atento a lo dispuesto en el Art. 2º del presente, ninguna Asociación y/o Federación podrá adoptar respecto a Pases, reglamentaciones especiales o que contradigan las disposiciones del presente.

De tal manera, los clubes empiezan a recibir parte del dinero invertido en los jugadores menores de acuerdo a la cantidad de años que estuvieron en el club y sobre un porcentaje del total de lo ofertado por el club contratante. En este caso de la Liga Nacional el primer acuerdo es entre clubes, de lo contrario deberán pasar a la oficina de mercado a dejar constancia de las ofertas.

Pablo Tosal
@pablotosal

»ariel02/08/2015 13:54
Tengo la bola de cristal y ya se lo que va a pasar, los ineficientes dirigentes van a seguir firmando contratos que no pueden pagar y luego con la deuda encima cuando un jugador se valla a otro club no le van a cobrar este arancel por el traspaso y van a dejar sin efecto la deuda
Responder
87.5 %
12.5 %
»Alejandro Ro03/08/2015 01:13
Está muy bien lo del Reglamento de pases, es necesario encontrar una manera de incentivar a que los clubes puedan retener a sus jugadores. Lo que me hace mucho ruido es eso de obligar al jugador a quedarse en caso de que su club anterior iguale la oferta. Eso es imposible y ningún juez te lo va a aceptar.
Responder
0 %
0 %
»Pelado03/08/2015 02:08
El Reglamento Nacional de Pases es manifiestamente inconstitucional. Vulnera principios básicos de libertad de trabajo para los jóvenes menores de 26 años y los deja a merced de la voracidad de los dirigentes de clubes, que se arrogan "derechos de formación". Lamentablemente cualquier joven menor de 23 años que quiera emigrar a otro club podría lograrlo a través de un recurso de amparo, pero como contrapartida deberá atenerse a las consecuencias de enfrentar a la corporación.
Responder
0 %
0 %